Sí: una nueva ley de Arizona permite que ciertos delitos graves de clase 4, 5 o 6 se designen como delitos menores de clase 1. Sin embargo, no se trata de una reducción general ni automática. La persona debe cumplir todos los requisitos de A.R.S. § 13-604.01, entre ellos haber terminado la sentencia y dejar pasar al menos cinco años desde su cumplimiento.
Si buscas cómo reducir un felony a misdemeanor en Arizona, primero hay que distinguir esta nueva vía de las reglas que ya existían para ciertos delitos clase 6 sin designación definitiva. Confundirlas puede llevarte a usar el procedimiento equivocado o a pensar que no calificas cuando tu caso merece una revisión.
Información revisada el 22 de octubre de 2026.
Puntos clave de la nueva ley
- HB 2749 creó una opción para ciertos delitos graves clase 4, 5 y 6 que no involucren un delito peligroso.
- Se exige no tener condenas previas por felony y que el delito no haya involucrado una víctima conforme a la definición legal.
- Debes haber cumplido todos los términos de la sentencia, incluidos los pagos, y satisfacer el requisito de cinco años sin las condenas posteriores que señala la ley.
- El juez debe considerar que la designación como misdemeanor favorece el interés de la justicia; cumplir los requisitos no garantiza la aprobación.
- La disposición entró en vigor el 12 de septiembre de 2026 y está programada para derogarse a partir del 1 de octubre de 2028.
- La designación no equivale a borrar o sellar el expediente, ni garantiza eliminar consecuencias migratorias.
¿Qué cambió con HB 2749 en Arizona?
HB 2749, capítulo 109 de las leyes de 2026, fue aprobada el 4 de junio de 2026. Añadió A.R.S. § 13-604.01 al código penal y, conforme a la fecha general de entrada en vigor de esa sesión legislativa, comenzó a operar el 12 de septiembre de 2026.
La novedad es una vía posterior al cumplimiento de la sentencia para determinadas condenas clase 4, 5 o 6. Antes de presentar una solicitud, deben revisarse el delito exacto, las fechas, el historial y la documentación del caso. No basta con que hayan pasado años desde el arresto o desde la declaración de culpabilidad.
Los cinco requisitos para solicitar la designación como misdemeanor
Además de tratarse de una condena clase 4, 5 o 6 que no involucre un delito peligroso, A.R.S. § 13-604.01 exige que el tribunal determine todos los siguientes puntos:
1. No tener condenas previas por delitos graves
La ley exige que la persona no haya sido condenada previamente por ningún felony. Hay que revisar el historial completo y la secuencia de las condenas, no solo lo que aparece en una búsqueda informal de antecedentes. Un expediente con varios cargos o condenas requiere un análisis individual.
2. Que el delito no haya involucrado una víctima
La norma incorpora la definición de víctima de A.R.S. § 13-4401. Que nadie haya sufrido lesiones físicas, que no se haya ordenado restitución o que alguien apoye la solicitud no demuestra, por sí solo, que se cumple este requisito.
Por eso no es correcto publicar una lista general diciendo que todo robo, fraude o delito de propiedad de bajo valor califica. Primero debe establecerse si hubo una víctima en el sentido legal aplicable.
3. Haber cumplido toda la sentencia, incluidos los pagos
Debes haber terminado todos los términos y condiciones impuestos por el tribunal para esa condena, incluido el pago completo de las obligaciones monetarias. Salir de prisión o dejar de reportarte con probation no necesariamente acredita que todo quedó cumplido.
Conviene reunir la sentencia, los documentos de terminación de supervisión y un estado de cuenta judicial actualizado. Si hay diferencias entre tus recibos y el saldo del tribunal, hay que aclararlas.
4. Cumplir el periodo de cinco años y el requisito sobre condenas posteriores
Deben haber pasado al menos cinco años desde el cumplimiento de la sentencia. Durante ese tiempo, la persona no debe haber sido condenada por otro felony ni por un misdemeanor que involucre una víctima.
El punto de partida no es automáticamente el día del arresto, la condena o la salida de la cárcel. Un abogado debe confirmar cuándo se completó la sentencia y qué efecto tienen las obligaciones pendientes o cualquier caso posterior.
5. Que la reducción favorezca el interés de la justicia
El tribunal debe determinar que dictar una condena como misdemeanor clase 1 responde al interés de la justicia. Pueden presentarse documentos que expliquen la rehabilitación y las circunstancias individuales, como cumplimiento de tratamiento, estabilidad laboral o metas educativas.
Esos materiales respaldan la solicitud, pero no sustituyen los demás requisitos. La ley autoriza al juez a conceder este alivio; no obliga a aprobar todas las solicitudes de personas que consideran haber cumplido.
¿Qué delitos quedan fuera de esta nueva vía?
A.R.S. § 13-604.01 no incluye delitos clase 1, 2 o 3 ni condenas que involucren un dangerous offense. Este último es un término legal: A.R.S. § 13-105 lo relaciona con el disparo, uso o exhibición amenazante de un arma mortal o instrumento peligroso, o con causar intencionalmente o a sabiendas lesiones físicas graves.
Además, la nueva disposición excluye expresamente condenas por infracciones de:
- A.R.S. § 13-2910: crueldad hacia animales.
- A.R.S. § 13-3102: conducta indebida relacionada con armas.
- A.R.S. § 13-3821: disposición sobre registro de personas condenadas por determinados delitos sexuales.
También queda fuera de esta vía cualquier caso que no cumpla los requisitos sobre antecedentes, víctima, cumplimiento o condenas posteriores. El nombre coloquial del cargo no permite decidir la elegibilidad: importa el artículo y apartado de la condena.
¿En qué se diferencia de la reducción de un felony clase 6?
A.R.S. § 13-604 sigue regulando una vía distinta para ciertos delitos clase 6 no peligrosos. Puede permitir una condena como misdemeanor clase 1 al dictarse sentencia o dejar el delito sin designación definitiva mientras se cumple probation.
| Punto | Nueva vía: § 13-604.01 | Vía de clase 6: § 13-604 |
|---|---|---|
| Clases de delito | 4, 5 o 6, con requisitos estrictos. | Ciertos delitos clase 6. |
| Momento | Después de cumplir la sentencia y transcurrir al menos cinco años. | Puede intervenir en la sentencia y en la designación de un delito que quedó abierto durante probation. |
| Antecedentes | Exige no tener condenas previas por felony. | El apartado A excluye a quienes tienen dos o más condenas previas por felony. |
| Decisión | El tribunal puede concederla si determina todos los requisitos y el interés de la justicia. | El apartado C exige la designación como misdemeanor del delito no designado cuando se cumplen satisfactoriamente las condiciones y el tribunal da de alta a la persona, conforme a la versión aplicable. |
| Vigencia temporal | Derogación programada a partir del 1 de octubre de 2028. | Es una disposición distinta; no tiene esa misma fecha de derogación. |
Un delito sin designación todavía tiene excepciones importantes
Bajo el régimen vigente de § 13-604, un delito no designado se trata como misdemeanor en términos generales, pero conserva tratamiento de felony para fines específicos. Entre ellos están probation por felony, recolección de ADN, posesión de armas, ciertos usos como antecedente, impugnación de credibilidad en juicio, aumento de sentencia y determinadas órdenes de protección de por vida.
El apartado C también distingue las deudas: una obligación monetaria pendiente no necesariamente impide la designación si no es restitución a la víctima ni resulta de una falta de pago deliberada. Esa regla no debe trasladarse a § 13-604.01, que exige el pago completo.
La reforma de HB 2162 tiene reglas de aplicación según la fecha de condena. Si tu caso es anterior, o el delito ya fue designado definitivamente como felony, no asumas que recibe el mismo tratamiento que uno todavía abierto.
Cómo preparar una solicitud de reducción en Arizona
El primer paso es identificar la disposición que corresponde a tu caso. Un formulario para un delito clase 6 sin designación no sustituye automáticamente una solicitud bajo la nueva § 13-604.01.
- Consigue tu expediente. Reúne la sentencia, el acuerdo de culpabilidad, el número de caso y cualquier orden de designación posterior.
- Comprueba fechas y cumplimiento. Obtén documentación de terminación de la sentencia y de pagos. Revisa antecedentes previos y posteriores.
- Evalúa las exclusiones. Confirma la clase del delito, el artículo de condena, la existencia de una víctima y cualquier determinación de peligrosidad.
- Prepara la solicitud correcta. Explica el fundamento legal y acompaña los documentos pertinentes. Confirma con el tribunal que dictó la condena las instrucciones, formularios y requisitos de notificación vigentes.
- Atiende las indicaciones del tribunal. Presenta cualquier información adicional y comparece si se requiere audiencia. No todas las solicitudes siguen el mismo calendario.
- Obtén y conserva la resolución. Si se concede, guarda una copia certificada y verifica que los registros pertinentes reflejen la orden.
No existe un plazo universal de dos a seis meses ni una tarifa de abogado establecida por esta ley. El tiempo y los honorarios dependen del trabajo requerido y del procedimiento. Si se niega la solicitud, revisa la resolución y los plazos aplicables antes de decidir si procede otra petición o algún medio de revisión.
La fecha límite de 2028 sí importa
HB 2749 programa la derogación de § 13-604.01 a partir del 1 de octubre de 2028, salvo que haya un cambio legislativo. No significa que todas las condenas se reducirán al llegar esa fecha.
Si todavía no cumples cinco años desde la terminación de tu sentencia, calcula las fechas antes de asumir que podrás usar esta vía. Tampoco conviene dejar la solicitud para los últimos días ni asumir cómo se tratará un asunto pendiente después de la derogación: ese punto debe revisarse con asesoría actualizada.
Qué cambia y qué no cambia al pasar de felony a misdemeanor
Una designación favorable puede modificar cómo se clasifica la condena y ayudar en determinadas solicitudes de empleo, vivienda o licencias. El efecto depende de la orden, del delito y de las reglas de quien evalúa los antecedentes; no garantiza aceptación en ningún programa o puesto.
- No borra por sí sola el expediente. Es distinto cambiar la clasificación que eliminar o limitar el acceso a los registros.
- No equivale a un set aside. A.R.S. § 13-905 establece otro procedimiento para dejar sin efecto el fallo de culpabilidad, con límites y consecuencias propios; no elimina todo registro.
- El sellado es otra opción. A.R.S. § 13-911 puede abarcar ciertos registros de condenas, además de arrestos sin cargos y casos desestimados o con absolución, sujeto a requisitos y exclusiones.
- Los derechos deben analizarse por separado. No compres ni poseas un arma basándote únicamente en que alguien te dijo que el delito “ya es misdemeanor”. Deben revisarse las restricciones estatales y federales pertinentes.
Si no eres ciudadano estadounidense
La etiqueta estatal de misdemeanor no determina por sí sola las consecuencias migratorias. El derecho federal utiliza sus propias definiciones y una reclasificación no garantiza evitar deportación, inadmisibilidad o problemas de naturalización.
Antes de presentar una solicitud o tomar decisiones sobre una declaración de culpabilidad, coordina el análisis penal con asesoría de inmigración. Hay que revisar el delito, la sentencia y el fundamento de cualquier cambio judicial. No asumas que un misdemeanor siempre es migratoriamente menos grave.
Este artículo ofrece información general sobre la ley de Arizona. La elegibilidad y los efectos de una resolución dependen del expediente y de las normas aplicables.
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Preguntas frecuentes
¿Ahora también se pueden reducir felonies clase 4 y 5?
Sí, § 13-604.01 permite solicitar la designación de ciertos delitos clase 4, 5 y 6 como misdemeanors clase 1. Deben cumplirse todos los requisitos legales, incluida la ausencia de víctima, el historial permitido y el periodo de cinco años desde el cumplimiento de la sentencia.
¿La nueva reducción es automática al terminar probation?
No. La nueva § 13-604.01 exige, entre otras condiciones, que hayan pasado al menos cinco años desde el cumplimiento de la sentencia y una decisión judicial favorable. Es distinta de la regla de § 13-604(C) para ciertos delitos clase 6 que quedaron sin designación definitiva.
¿Los cinco años se cuentan desde que me arrestaron?
No. La nueva disposición los cuenta desde el cumplimiento de la sentencia. Debes verificar esa fecha con documentos del caso y revisar todas las condiciones, incluida la parte económica.
¿Puedo solicitarla si terminé mi condena hace muchos años?
El tiempo transcurrido no permite descartar el caso sin revisarlo: la nueva vía requiere al menos cinco años desde el cumplimiento. Deben analizarse las fechas de tu condena, la aplicación de la ley, las exclusiones y tu historial. No toda condena antigua califica.
¿Qué pasa si todavía debo multas o cuotas?
§ 13-604.01 exige el pago completo de las obligaciones monetarias. La vía de § 13-604(C) tiene una regla diferente sobre ciertos saldos pendientes, con excepciones para restitución a víctimas y falta de pago deliberada. Primero hay que identificar qué disposición aplica.
¿Puede reducirse un DUI agravado?
No se puede decidir solo por la etiqueta “DUI felony”. Hay que revisar la clase y el artículo de condena, si hubo víctima, las determinaciones del caso y todos los requisitos de la vía solicitada. Tener un delito clase 4 o 6 no garantiza elegibilidad.
¿La reducción limpia mis antecedentes o protege mi estatus migratorio?
No por sí sola. La designación cambia la clasificación de la condena; el sellado y el set aside son procedimientos distintos. Las consecuencias migratorias se evalúan bajo reglas federales y requieren un análisis específico.
¿Hasta cuándo estará disponible esta nueva opción?
La ley programa la derogación de § 13-604.01 a partir del 1 de octubre de 2028. Revisa tu elegibilidad y el calendario con anticipación; no asumas que una presentación de último momento resolverá cualquier cuestión sobre su vencimiento.